Reconocimiento de créditos de Máster

Los estudiantes que soliciten reconocimiento de créditos de asignaturas superadas en otros estudios, están obligados a matricularlas marcando en la automatrícula el carácter de la asignatura como R (Reconocimiento), abonando así el 25% del importe de la matrícula.

En caso de que no se reconozcan los créditos solicitados, deberán abonar el 75% restante, sin posibilidad de anular la matrícula.

No se admitirán solicitudes fuera de plazo

DOCUMENTACIÓN:

  • Fotocopia del DNI, NIE o Permiso de Residencia.
  • Certificado Académico Personal de los estudios iniciados, en el que figure la nota media de su expediente académico en escala de 0 a 10.
  • Programa Oficial de la asignatura.
  • Tasa por el estudio del reconocimiento. 

Estudio de las solicitudes de reconocimiento y transferencia de créditos y de convalidación de estudios realizados en centros españoles: 35 euros.

Estudio de las solicitudes de reconocimiento y transferencia de créditos y de convalidación de estudios realizados en centros extranjeros: 70 euros.

 

  • Normativa

Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres

Modificación del Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de créditos (publicado en el BOUC nº 15 de 15 de noviembre de 2010).