Convocatoria Extraordinaria (7ª)

Procedimiento para la solicitud de convocatoria extraordinaria

Se concederá a los estudiantes que hayan agotado las seis convocatorias ordinarias en una asignatura y cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  • Les reste para finalizar sus estudios el 30% como máximo de los créditos del correspondiente plan de estudios.
  • No hayan disfrutado previamente de una convocatoria extraordinaria para alguna asignatura de la misma titulación.
  • La nota media del expediente académico, tras la grabación de las actas de las asignaturas matriculadas, sea igual o superior a la calificación media de la promoción titulada dos cursos antes en el correspondiente estudio.

Si han agotado el número máximo de convocatorias en una asignatura y no cumplen los requisitos anteriores, podrán solicitar la convocatoria extraordinaria, siempre que  justifiquen documentalmente alguna de las siguientes circunstancias:

  • Enfermedad grave y prolongada del estudiante.
  • Enfermedad grave y prolongada o fallecimiento de cónyuge, hijo/a, padre, madre o hermano/a.
  • Causas económico-laborales graves de especial relevancia para el caso.
  • Situaciones lesivas graves que afecten a la vida académica del estudiante.
  • Otras circunstancias análogas relevantes, de especial consideración.

 

Impreso de solicitud

 

Lugar de entrega: Registro del Edificio de Estudiantes. Avenida Complutense s/n. 28040 - Madrid.

(Teléfonos: 91 394 2266 - 91 394 1352)

 

 Normativa

 

Observaciones:

  • Para cada asignatura, será concedida por una sola vez, y únicamente para el curso académico en el que se solicita, pudiendo presentarse el estudiante en la convocatoria de su elección.
  • Si no se supera la asignatura en la convocatoria extraordinaria, no podrán continuarse los mismos estudios en esta Universidad.
  • Se celebrará ante un Tribunal constituido por tres profesores, uno de los tres será un profesor de otro Departamento afín al de la asignatura a evaluar.

Procedimiento en la Facultad

El alumno debe solicitar la convocatoria de examen con al menos con 30 días antelación (trámite Secretaría de Alumnos).

La fecha y hora de los exámenes son los mismos que los de las convocatorias ordinarias de la misma asignatura.

Si la asignatura es compartida por varios departamentos, actuará el mismo tribunal que el nombrado para la 5ª y 6ª convocatorias.

Si la asignatura no es compartida por varios departamentos, el tribunal se compondrá de la siguiente manera:

      • 2 miembros seleccionados por sorteo entre los miembros del tribunal de 5ª y 6ª

      • 1 miembro de un departamento afín designado de oficio por el Decanato